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Resumen
Las empresas podrán aplicar la suspensión perfecta de labores a sus trabajadores hasta los primeros días de octubre. Esta ampliación se debe a que la vigencia de esta figura es de 30 días calendario después de que termine la emergencia sanitaria, la Las empresas podrán aplicar la suspensión perfecta de labores a sus trabajadores hasta los primeros días de octubre. Esta ampliación se debe a que la vigencia de esta figura es de 30 días calendario después de que termine la emergencia sanitaria, la cual fue extendida hasta el 3 de setiembre por el Gobierno, explicó el abogado laboralista, Ricardo Herrera. Esta figura que implica el no pago de las remuneraciones a los trabajadores suspendidos fue habilitada a mediados de abril del primer año de pandemia y fue prorrogada en varias oportunidades. "Los trabajadores en suspensión estarían año y medio sin trabajar ni percibir ingresos, lo cual sería tremendamente grave y perjudicial para los trabajadores", comentó el laboralista. (...) Brian Ávalos, asociado principal del Estudio Payet, Rey, Cauvi y Pérez, propuso que ante la extensión de la suspensión perfecta, el Ejecutivo adopte medidas en apoyo a los trabajadores que se encuentran bajo esta figura. En tal sentido, Ávalos planteó que se disponga la liberación de una parte de la CTS para este grupo de trabajadores a fin de que tengan liquidez. ... Leer más
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Fuente
La República
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N° Página
15
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Tamaño
273.45 cm2
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Ancho
17.99 cm
Altura
15.20 cm
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Corte
25.00 %
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Fecha de publicación
20/02/2021
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Valorización
US $ 4.485,93
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